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SUNAT: factura electrónica y SIRE desde la inscripción en el RUC

Desde el 1 de junio de 2026, las empresas nuevas deben emitir comprobantes electrónicos y llevar el SIRE desde el día en que se inscriben en el RUC. Qué cambia si vas a crear una empresa o subsidiaria.

Equipo Focuz · 27 de mayo de 2026 · 5 min

Si tu grupo empresarial planea constituir una nueva empresa en Perú (una subsidiaria, una sociedad para un proyecto inmobiliario, una comercializadora), hay un cambio que entra en vigor el 1 de junio de 2026 y que afecta el orden en que se hacen las cosas: la empresa deberá facturar electrónicamente desde el mismo día de su inscripción en el RUC.

Qué dice la norma

La Resolución de Superintendencia N.° 000075-2026/SUNAT, fechada el 29 de abril de 2026, modifica tres normas: las Resoluciones N.° 155-2017/SUNAT y 279-2019/SUNAT (designación de emisores electrónicos) y la N.° 000112-2021/SUNAT (SIRE). SUNAT había publicado antes el proyecto para comentarios mediante la Resolución N.° 000062-2026/SUNAT, aparecida en El Peruano el 10 de abril.

Los cambios principales son tres.

1. Emisor electrónico desde el día de inscripción. Los nuevos inscritos en el RUC que opten por el Régimen MYPE Tributario, el Régimen Especial o el Régimen General del impuesto a la renta quedan designados como emisores electrónicos desde el día de su inscripción, siempre que deban emitir facturas, boletas de venta, notas de crédito o notas de débito. Hasta ahora, la designación operaba desde el primer día calendario del tercer mes siguiente a la inscripción, y en ese lapso se podían usar comprobantes impresos.

2. Salida del Nuevo RUS. Quien deja de figurar en el RUC como afecto al Nuevo RUS pasa a ser emisor electrónico desde el primer día calendario del mes siguiente. Antes, la designación regía desde el 1 de julio del año siguiente para facturas y desde el 1 de enero del año subsiguiente para boletas.

3. SIRE desde el inicio. Los sujetos que, a partir del 1 de junio de 2026, queden obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras deben llevarlos a través del SIRE desde el período en que adquieren esa obligación. Para quienes adquirieron la obligación entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de mayo de 2026, la norma fija que el SIRE se aplica desde el primer día del tercer mes siguiente, desde que se volvieron emisores electrónicos por elección o desde el período junio de 2026, lo que ocurra primero.

Además, las disposiciones transitorias establecen que los sujetos comprendidos en las reglas anteriores cuya designación como emisores electrónicos aún no había operado al 31 de mayo de 2026 adquieren esa calidad el 1 de junio de 2026.

SUNAT explicó en su nota de prensa del 6 de mayo que la medida busca masificar los comprobantes electrónicos, eliminar costos de impresión y almacenaje y facilitar el cumplimiento a través del SIRE. Gestión recogió el mismo resumen.

Por qué importa a una empresa mediana

Si tu empresa ya emite comprobantes electrónicos, el impacto no está en la operación diaria. Está en los proyectos de crecimiento:

  • Nuevas sociedades del grupo. Si tu grupo crea sociedades para proyectos específicos (por ejemplo, en construcción o inmobiliaria), con la norma anterior había entre dos y tres meses de margen para dejar listo el sistema de facturación, según el día del mes en que se hiciera la inscripción. Ahora el margen es cero: la primera venta o el primer anticipo ya debe salir como comprobante electrónico.
  • Libros en el SIRE desde el primer período. La nueva empresa no podrá postergar el Registro de Ventas y el Registro de Compras en el SIRE; tiene que estar operativa desde el período en que nace la obligación.
  • Distribuidores y proveedores pequeños. Si trabajas con proveedores que salen del Nuevo RUS, ahora deberán emitirte comprobantes electrónicos desde el mes siguiente. Es una buena noticia para tu control del crédito fiscal, porque esos comprobantes llegan a las propuestas del SIRE.

Qué significa para tu ERP

La conclusión práctica es que la configuración del sistema de facturación se vuelve parte del trámite de constitución, no una tarea posterior: hay que elegir el sistema de emisión (la norma recuerda que el SEE incluye, entre otros, el SEE-SOL, el SEE-Del contribuyente, el Facturador SUNAT y el SEE-OSE) y dejar listas sus credenciales y configuraciones.

Si usas Odoo, la documentación oficial de la localización peruana de Odoo 19 describe ese esquema: hay que elegir un proveedor de firma entre tres opciones (el servicio IAP de Odoo, Digiflow o SUNAT). Con el IAP, el certificado digital va incluido en el servicio, pero hay que afiliar a Digiflow como OSE en el portal de SUNAT; con Digiflow o SUNAT, la empresa compra su propio certificado digital y registra sus credenciales SOL. La misma documentación menciona los reportes del Registro de Ventas (RVIE) y del Registro de Compras (RCE). Aunque la base de datos ya tenga otras empresas del grupo, la configuración fiscal, las series y las pruebas de envío de la nueva compañía deben planificarse antes de la inscripción, no después.

Qué hacer ahora

  1. Si planeas crear una empresa en los próximos meses, incluye en el cronograma la configuración de la facturación electrónica y del SIRE antes de inscribirla en el RUC.
  2. Define con anticipación el sistema de emisión (SEE-OSE, SEE-Del contribuyente u otro) y, si tu esquema lo requiere, tramita el certificado digital de la nueva sociedad.
  3. Prepara una plantilla de compañía en tu ERP (plan de cuentas, impuestos, diarios, series) para poder replicarla el mismo día.
  4. Revisa si alguna empresa del grupo quedó en el supuesto transitorio y es emisora electrónica desde el 1 de junio de 2026.
  5. Pide a tus proveedores que salen del Nuevo RUS que confirmen desde cuándo emitirán comprobantes electrónicos.

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Fuentes: R.S. N.° 000075-2026/SUNAT, R.S. N.° 000062-2026/SUNAT (proyecto), Nota de prensa SUNAT, 6 de mayo de 2026, Gestión, Odoo 19 – Localización Perú.

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