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Chile: ingreso mínimo de $553.553 con efecto retroactivo a mayo
La Ley 21.830 sube el ingreso mínimo a $553.553 desde el 1 de mayo de 2026, aunque se publicó el 22 de junio. Qué deben recalcular las áreas de remuneraciones y cómo afecta la gratificación.
Equipo Focuz · 24 de junio de 2026 · 5 min
El 22 de junio de 2026 se publicó en el Diario Oficial la Ley N.° 21.830, que reajusta el ingreso mínimo mensual (IMM), la asignación familiar y maternal y el subsidio familiar. El dato clave para las empresas es que los nuevos montos rigen desde el 1 de mayo de 2026: es decir, la ley llega cuando las remuneraciones de mayo ya se pagaron con el valor anterior.
Los nuevos montos
Según el texto publicado, a contar del 1 de mayo de 2026:
- $553.553 para trabajadores mayores de 18 años y hasta 65 años.
- $412.938 para trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años.
- $356.815 como ingreso mínimo para efectos no remuneracionales.
El monto anterior para trabajadores de 18 a 65 años era de $539.000, vigente desde el 1 de enero de 2026 según lo informado por CNN Chile. La diferencia es de $14.553 por mes, cerca de un 2,7 %.
La ley también fija lo que viene:
- 1 de enero de 2027: el IMM se reajustará según la variación del IPC informada por el INE entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2026. Los montos para menores de 18 y mayores de 65 años, el de efectos no remuneracionales y los tramos de la asignación familiar subirán en la misma proporción, mediante un decreto supremo que debe dictarse a más tardar el 15 de enero de 2027.
- Junio de 2027: el Ejecutivo deberá enviar un nuevo proyecto de reajuste para que rija desde el 1 de julio de 2027.
Asignación familiar: cambian montos y tramos
La ley actualiza los valores de la asignación familiar y maternal. Los montos por carga pasan a $22.601, $13.870 y $4.382 según el tramo de ingreso del beneficiario, y los límites de los tramos se actualizan a $649.039, $947.990 y $1.478.539. Si tu sistema de remuneraciones calcula la asignación familiar de forma automática, estos parámetros también deben cambiar.
El problema operativo: la retroactividad
Una ley publicada en junio con efecto desde mayo obliga a hacer tres cosas:
- Reliquidar mayo para todo trabajador cuya remuneración esté atada al IMM: quienes ganan el mínimo y cualquier concepto pactado en número de ingresos mínimos.
- Liquidar junio con el valor nuevo. Si la liquidación de junio ya se preparó con $539.000, hay que rehacerla.
- Revisar todo lo que usa el IMM como parámetro, no solo el sueldo base.
La gratificación también se mueve
Si tu empresa paga la gratificación legal con el sistema del artículo 50 del Código del Trabajo, abona el 25 % de lo devengado en el ejercicio por remuneraciones mensuales, con un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales al año por trabajador. Como el tope depende del IMM, el reajuste lo eleva.
Con un cálculo simple: el tope anual pasa de $2.560.250 (4,75 × $539.000) a unos $2.629.377 (4,75 × $553.553). Si la gratificación se anticipa mensualmente, el tope mensual sube de unos $213.354 a unos $219.115 desde mayo.
La Dirección del Trabajo ha precisado, en el dictamen ORD. N.° 5250/353, que la gratificación del artículo 50 debe calcularse con el valor que tenga el IMM al momento en que se devenga, esto es, al 31 de diciembre de cada año, y que el empleador debe reliquidar las diferencias que produzcan los reajustes del ingreso mínimo. El dictamen ORD. N.° 1682/18, que transcribe el artículo 50, describe el procedimiento para calcular esas diferencias. Dicho de otro modo: aunque no ajustes el anticipo mensual ahora, la diferencia aparecerá en el cierre de diciembre.
Un año con dos cambios en la planilla
Este reajuste llega dos meses después de otro cambio grande: desde el 26 de abril de 2026 la jornada ordinaria máxima bajó de 44 a 42 horas semanales, en aplicación de la Ley N.° 21.561. La Dirección del Trabajo fijó, en el dictamen ORD. N.° 253/21 del 16 de abril de 2026, cómo aplicar la reducción cuando no hay acuerdo entre las partes: por ejemplo, en jornadas de cinco días, una hora menos al final de la jornada en dos días distintos de la semana.
Para las áreas de remuneraciones, la lección es la misma en ambos casos: los parámetros legales (IMM, horas de jornada, tramos de asignaciones) cambian cada vez con más frecuencia y a veces con efecto retroactivo. Si esos valores están escritos dentro de fórmulas o planillas de cálculo, cada cambio se convierte en una revisión manual con riesgo de error.
Qué hacer ahora
- Actualiza el IMM a $553.553 (y los demás montos) en tu sistema de remuneraciones con vigencia desde el 1 de mayo de 2026.
- Calcula las diferencias de mayo e inclúyelas en la próxima liquidación, identificadas como reliquidación.
- Actualiza los montos y tramos de la asignación familiar.
- Revisa la gratificación del artículo 50: el anticipo mensual y la provisión de cierre de año.
- Verifica que el sistema guarde los parámetros con fecha de vigencia, para que el próximo reajuste de enero de 2027 sea un cambio de datos y no de programación.
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Fuentes: Ley N.° 21.830, Diario Oficial, 22 de junio de 2026, DT – ORD. N.° 5250/353, DT – ORD. N.° 1682/18, DT – ORD. N.° 253/21, CNN Chile.